Descripción y notas explicativas
Esta clase comprende:
- la edición de periódicos
Todas las formas posibles de edición (impresa, digital, analógica o de otro tipo) están incluidas.
REGLA PARA LA IMPLEMENTACIÓN:
Los periódicos (incluidos los periódicos publicitarios) deben estar bajo responsabilidad y control editorial, aparecer o actualizarse regularmente al menos cuatro veces por semana, estar compuestos principalmente por trabajos literarios de carácter periodístico relacionados con las noticias y tener como finalidad informar al público en general. Si el periódico se edita tanto en versión impresa como en formato electrónico, la frecuencia de la publicación se evaluará atendiendo a la frecuencia de publicación de la versión impresa.
Esta clase comprende también:
- los periódicos publicitarios
Esta clase no comprende:
- la producción de programas informativos de televisión o vídeo (véanse 59.15 y
59.16)
- las actividades de las agencias de noticias (véase 60.31)
- las actividades de los reporteros gráficos que no editan el contenido propio (véase
74.20)
- las actividades de periodistas cuyo contenido se edita por terceros (véase 90.11)
Fuente: CNAE 2025 — Notas explicativas, febrero de 2026.