Descripción y notas explicativas
Esta clase comprende:
- la molienda de cereales: producción de harinas, grañones, sémolas o aglomerados
(pellets) de trigo, centeno, avena, maíz y otros granos de cereales
- la molienda de arroz: producción de arroz descascarillado, blanqueado, pulido,
glaseado, escaldado o convertido; la elaboración de harina de arroz
- la molienda de productos de origen vegetal: producción de harinas o sémolas de
leguminosa de grano seco, de raíces o tubérculos, o de frutos secos comestibles
- la fabricación de productos para el desayuno a base de cereales
- la fabricación de mezclas de harinas y masas preparadas para pan, pasteles,
galletas, tortitas, etc.
Esta clase no comprende:
- la preparación de cultivos para los mercados primarios, por ejemplo, limpieza,
recorte de hojas y pedúnculos, clasificación, etc. (véase 01.63)
- secado del grano, por cuenta de terceros (véase 01.63)
- la fabricación de harina o sémola de patatas (véase 10.31)
- el triturado de maíz húmedo (véase 10.62)
Fuente: CNAE 2025 — Notas explicativas, febrero de 2026.